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El Plan Especial de Ordenación, Protección y Mejora de Ciudad Vieja (Decreto Departamental Nº 30.565) establece que los Elementos Significativos: “se consideran aquellas partes de las construcciones o de su equipamiento que revistan valores testimoniales, sea por la importancia que poseen en la caracterización del edificio, por sus calidades formales, por los materiales en que están realizadas, por su valor ornamental o por su significado histórico o cultural.”
En definitiva, Elementos Significativos arquitectónicos son aquellos que determinan la calidad a preservar del bien.
Se deberá tener en cuenta que los Elementos Significativos están específicamente protegidos, por lo cual no se podrán modificar, alterar, suprimir o sustituir.
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